Publicidad:
La Coctelera

Comunidad de Copropietarios "Manuel Ossa"

Este es el “Espacio Oficial” para mantener la comunicación entre todos los miembros de la Comunidad. La intención es que utilizando esta herramienta de comunicación logremos precisamente eso: COMUNICARNOS

23 Septiembre 2005

Citación a Asamblea Ordinaria para el 01 Octubre del 2005

CITACION A ASAMBLEA ORDINARIA
LEY DE RÉGIMEN DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA Nº 19.537
·ART. N° 17, Todo lo concerniente a la administración será resuelto por los copropietario reunidos en asamblea
·ART.N° 19 Las asambleas ordinarias se constituirán en primera citación con la asistencia de los copropietarios que representen, a lo menos, el sesentavo ciento de los derechos del condominio; y en segunda citación, con la asistencia de los copropietarios que concurran, adoptándose en ambos casos los acuerdos respectivos por la mayoría absoluta de los miembros.
Se cita a todos los copropietarios del condominio a ASAMBLEA ORDINARIA de la COMUNIDAD MANUEL OSSA SAINT MARIE para el SABADO 01 de Octubre del 2005, en la SEDE del CONDOMINIO, a las 17:00 hrs. en primera citación y 17:30 hrs. en segunda citación.
TABLA

1. Temas de Personal de Servicio
2. Reglamentación
3. Mantenciones
4. Diagnostico estructurales
5. Problemas interdependientes
6. Proyectos
7. Informe Financiero
8. Varios

SE REMITE JUNTO A LA CITACIÓN EL ACTA ANTERIOR PARA CONOCIMIENTO DE TODA LA COMUNIDAD (además se encuentra publicada en el Blog)

· Art. 20 LEY DE RÉGIMEN DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA Nº 19.537
Todo copropietario estará obligado a asistir a las asambleas respectivas, sea personalmente o debidamente representado, según se establezca en el reglamento de copropiedad.
· Art. 23 REGLAMENTO LEY DE RÉGIMEN DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA Nº 19.537
Solo los copropietarios que se encuentren al día en el pago de los gastos comunes, lo que se acreditará mediante certificado expendido por el administrador o por quien haga sus veces, podrá optar a cargos de representación de la comunidad y concurrir con su voto a los acuerdos que se adopten.
Los acuerdos adoptados con las mayorías exigidas en el artículo 22 de este reglamento obligan a todos los copropietario, sea que hayan asistido o no a la sesión respectiva y aun cuando no hayan concurrido con su voto favorable a su adopción.

MANUEL TORIBIO NÚÑEZ
ADMINISTRADOR

servido por manuel-ossa sin comentarios compártelo

sin comentarios · Escribe aquí tu comentario

Los comentarios están cerrados


Sobre mí

Avatar de manuel-ossa

Comunidad de Copropietarios "Manuel Ossa"

ver perfil »
contacto »
Estadisticas y contadores web gratis
Manuales Oposiciones

Fotos

manuel-ossa todavía no ha subido ninguna foto.

¡Anímale a hacerlo!

Buscar

suscríbete

Selecciona el agregador que utilices para suscribirte a este blog (también puedes obtener la URL de los feeds):

¿Qué es esto?

Crea tu blog gratis en La Coctelera