Categoría: Actas Asambleas
17 Diciembre 2007
Acta Asamblea Ordinaria 15 diciembre 2007
En Viña del Mar, el 16 diciembre del 2007, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 18.00 hrs., en primera citación se encontraba presente el 4.08018% de los copropietarios por si o legalmente representados; los Directores del Comité de Administración Sras. Verónica Gómez, Karen Lund, Srs. Héctor Figueroa, Ricardo Ocampo y el Administrador de La Comunidad, no cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Siendo las 18.30 hrs. del mismo día 16 de diciembre del 2007, y con el quórum del 51.886% de los derechos de propiedad tanto por si como representados, listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente acta y se entiende parte integrante de la misma, se dio inicio a La Asamblea Ordinaria Legalmente Citada, del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE.
No participa La Directora del Comité de Administración Sra. Deysi Masson O.
Presidió La Asamblea el Director del Comité de Administración Sr. Ricardo Ocampo Rojas
TABLA
1.-LECTURA DEL ACTA ANTERIOR
2.- SITUACION JURIDICA DE LA COMUNIDAD
a.- Asamblea 25 Agosto 2007
b.- Toma de La Oficina de Administración
c.- Daño Patrimonial
d.- Gastos Comunes
3.-INFORME DEL ADMINISTRADOR
a.- Personal de Servicio
b.- Operaciones
c.- Financiero
d.- Otros
4.- VARIOS
Conforme a lo acordado en su oportunidad por el comité de administración a expresa solicitud de la gran mayoría de los copropietarios, cumpliendo con todas las normas y procedimientos establecidos tanto en la ley 19.537 como en su reglamento, el día 06 de diciembre del 2007 el administrador procedió a citar a asamblea ordinaria programada para diciembre del 2007, diseñada en sus orígenes para tratar temas de interés enfocados al desarrollo de la comunidad, que se referían a proyectos de modernización y hermoseamiento y a la rendición de cuenta anual, pero como consecuencia del actuar de 7 vecinos, algunos mal intencionados y otros mal influenciados, esta asamblea tendrá un carácter muy diferente pues en ella solo podremos tomar medidas de emergencia para impedir que la vida en la comunidad continué siendo un caos, como ocurre desde el 27 de Agosto del 2007, fecha en que la Sra. San Martín y sus acompañantes se tomaron por la fuerza la oficina de administración de los 376 departamentos que componen nuestra comunidad
Para un mejor resguardo de los derechos de todos los copropietarios aplicaremos las normas de buena conducta establecidas por el Comité de Administración en la asamblea del 10 de Octubre del 2005 que fue presidida por don Sady Simon, donde textualmente señalo:
Estimados vecinos, frente a los acontecimientos que obligaron a suspender la asamblea anterior y para el buen desarrollo de esta hemos estimado necesario que se siga la siguiente metodología:
1.- Se dará lectura a diversos informes en forma ordenada y conforme lo estipula la Tabla
2.- Al respecto, agradeceremos a cada uno de los copropietarios hacer sus observaciones por escrito, haciéndolas llegar oportunamente a las oficinas de la administración, observaciones que deberán ser debidamente fundamentadas.
3.- Al final de esta asamblea, Uds., podrán formar comisiones, las que estimen necesarias, las que podrán sugerir las diversas soluciones a las inquietudes de todo copropietario.
Muchas Gracias.
Se comienza con la Tabla Programada
1.-LECTURA DEL ACTA ANTERIOR
Se lee el acta del 08 abril 2006, reducida a escritura publica el 12 de abril del 2006 en la Notaría Eliana Gervasio de Viña del Mar, es aprobada sin reparos, posteriormente y por la importancia que tiene en el siguiente punto a tratar según la tabla se leen y pide ratificación de la asamblea de las acta de reunión del comité de administración del 06 de agosto 2007 y el 12 de septiembre del 2007, las que explican el proceder del Comité de Administración y El Administrador frente a las agresiones de los Srs(as) . Masson, San Martín y Soto.
Se debate libremente sobre los pormenores.
Un copropietario consulta que con que facultades se limitó el desempeño del administrador, a lo que se le responde que en el punto 2 situación jurídica de la comunidad se explicará en detalle los hechos y los argumentos en juego en esa situación.
Son aceptadas y ratificadas sin objeción las decisiones adoptadas por el comité y estampadas en las actas correspondientes.
2.- SITUACION JURIDICA DE LA COMUNIDAD
Se le ofrece la palabra al Administrador del Condominio Sr. Manuel Toribio Núñez, quien señala que:
Primero que todo como la Sra. Cesiah San Martín se ha permitido difamarlo de persona a persona, frente a la gran mayoría de los copropietarios de la comunidad, y a fin de terminar con ese tema presenta, voluntariamente a la asamblea de Copropietarios
-Un Certificado de Antecedentes Personales para Fines Especiales obtenido en el Registro Civil, en el que se señala que no tiene antecedentes de ningún tipo, como también
-Un Informe de Deudas Nº 618040, fechado 25 octubre 2007, emitido por La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras que consigna que al 31/08/2007 el Sr. Manuel Toribio Núñez, no mantiene deudas Vigentes, Morosas, Vencidas o Castigadas.
Continúa señalando que como hemos podido concluir de la lectura de las actas de asamblea y las de reuniones de comité de administración, sabemos que un grupo de 7 vecinos (as) manipulado la situación y con argumentos absolutamente fuera de la legalidad; engañando al 3º Juzgado de Policía de Viña del Mar y a los copropietarios en general, el 27 de agosto del 2007 a las 12:30 hrs. aproximadamente, después de desconectar las cámaras de seguridad de la oficina de administración, ocuparon por la fuerza las dependencias de las oficinas del Administrador y la secretaría del condominio. Posteriormente descerrajaron puertas, cajones y la caja fuerte apropiándose de los bienes que se encontraban en su interior.
Que no podemos cuantificar los daños producidos como consecuencia de esta situación de hecho y forzada por la intriga de La Sra. San Martín, pero que sin duda son cuantiosos.
Los argumentos esgrimidos por la Sra. San Martín y cómplices para justificar tales actos escapan totalmente a las normas jurídicas, por lo que apoyado en documentación legal explico lo irracional de estas conductas:
La resolución de la Causa Rol: 003616-2007, en que el Juez Titular Omer Viñales Sorich del Tercer Juzgado de Policía de Viña del Mar, Cita a Asamblea de Copropietarios de la Comunidad Manuel Ossa Saint Marie, ubicada en calle 15 Norte 1003 a 1093 de Viña del Mar, reunión que se realizó el día 25 de agosto del 2007, a las 10:00 hrs., en su considerando 6.- señala: Que, en consecuencia, habiendo ya resuelto este tribunal en causa Rol 5123-2006 citar a una asamblea de copropietarios a fin de que ella se pronuncie sobre la permanencia en su cargo de don Manuel Toribio Núñez, y encontrándose dicha resolución sujeta a lo que resuelva el tribunal de alzada, no procede que esta materia forme parte de los asuntos a tratar en la asamblea que se solicita en los presentes autos. (corresponde a la del 25 ago 2007).
Al respecto en el Acta de dicha Asamblea reducida a escritura pública por doña Deysi Clara Massón Ortega, venezolana, casada, dueña de casa, cedula de identidad extranjeros numero 22.310.245-3 en la Notaría Raúl Farren Paredes, el 5 de septiembre del 2007, (nótese que el la escritura pública es de fecha 5 de sep y las Sra. San Martín se toma la oficina el 27 de Agosto 2007 amparada por las facultades que supuestamente le entrega está misma acta) acta en que podemos leer que apenas se dio inicio a la asamblea el Sr. Luís Salazar Núñez propone la cesación inmediata del cargo del administrador, y es apoyado en esta moción por Cesiah San Martín Navarro. Por su parte quien preside la asamblea, no es capaz de señalar que ese punto, por orden expresa del juez, no se puede discutir por ser tema de otra asamblea ya solicitada.
Posteriormente pide la palabra la Sra. Gloria Gaete Contreras, quien propone a la asamblea solicitar la renuncia al señor administrador, nuevamente quien preside la asamblea no señala que ese punto no se puede discutir.
Por último y en circunstancias que la citación judicial no lo señala, pero como para quien preside la asamblea y sus acompañantes en esta aventura, es necesario para intentar revocarle todas las atribuciones y facultades que en su momento se le otorgaron al Sr. Toribio, en especial aquellas de índole financiero y bancario y radicarlas en el comité de administración, se agrega a la tabla un punto Varios por cierto sin autorización del tribunal.
Esto es una determinación absolutamente fuera de las atribuciones legales de la asamblea por cuanto la Ley 19.537 en su Art. 22 señala, Todo condominio será administrado, con las facultades que disponga el reglamento de copropiedad respectivo, por la persona natural o jurídica designada por la asamblea de copropietarios, y a falta de tal designación, actuará como administrador el Presidente del Comité de Administración
Por lo tanto El Comité de Administración no puede ser facultado para administrar, la Ley determina que es el administrador y a falta de este, será el presidente del comité de administración quien asuma el cargo.
En el Acta se señala que al administrador se le revocan todas las atribuciones y facultades que en su momento se le otorgaron, en especial aquellas de índole financiero y bancario. Pero la asamblea solo puede revocar las atribuciones y facultades que ella misma esta autorizada a entregar, no puede revocar las obligaciones y facultades que asigna la ley o los reglamentos. En un país que vive en estado de derecho, como es el caso de Chile, eso solo corresponde a los tribunales de justicia.
Al efecto la Ley 19.537 en su Art. 23 señala como que serán funciones del administrador las que se establezcan en el reglamento de copropiedad y las que específicamente le conceda la asamblea de copropietarios, tales como cuidar los bienes de dominio común; ejecutar los actos de administración y conservación y los de carácter urgente sin recabar previamente acuerdo de la asamblea, sin perjuicio de su posterior ratificación; cobrar y recaudar los gastos comunes; velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias sobre copropiedad inmobiliaria y las del reglamento de copropiedad; representar en juicio, activa y pasivamente, a los copropietarios, con las facultades del inciso primero del artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, en las causas concernientes a la administración y conservación del condominio, sea que se promuevan con cualquiera de ellos o con terceros; citar a reunión de la asamblea; pedir al tribunal competente que aplique los apremios o sanciones que procedan al copropietario u ocupante que infrinja las limitaciones o restricciones que en el uso de su unidad le imponen esta ley, su reglamento y el reglamento de copropiedad. A falta de disposiciones sobre la materia en el reglamento de copropiedad y en el silencio de la asamblea, serán funciones del administrador las señaladas en esta ley y su reglamento.
Y a saber según consta en acta de designación para el cargo, por convenio entre el administrador y la asamblea de copropietario, de todas las facultades que le confiere la ley y el reglamento al administrador solo le fue concedida en forma especial la de NO tener que cobrar (físicamente) los gastos comunes ni recibir ningún tipo de dinero de pagos de terceros, eso quiere decir que al revocarle todas las atribuciones y facultades que en su momento se le otorgaron (al Sr. Toribio) en especial aquellas de índole financiero y bancario, y radicarlas en el comité de administración se le revocan las facultades de no tener que cobrar (físicamente) los gastos comunes ni recibir ningún tipo de dinero de pagos de terceros para entregarlas al comité.
Es decir que en este acuerdo la asamblea ordena que sea el administrador quien recaude los gastos comunes y no la persona que lo estaba realizándolo hasta la fecha (secretaria de administración) y que pasa al comité de administración la facultad de no recaudar ni recibir dineros. Mal redactado si pretendían otro objetivo.
Otro aspecto que muestra la ilegalidad de los acuerdos tomados por la asamblea del 25 de agosto, la Ley 19.537 en su Art. 17.- Párrafo 1.- señala que: Todo lo concerniente a la administración del condominio será resuelto por los copropietarios reunidos en asamblea. Las sesiones de la asamblea serán ordinarias y extraordinarias.
Párrafo 4.- Las sesiones extraordinarias tendrán lugar cada vez que lo exijan las necesidades del condominio, o a petición del Comité de Administración o de los copropietarios que representen, a lo menos, el quince por ciento de los derechos en el condominio, y en ellas sólo podrán tratarse los temas incluidos en la citación. Y en el Art. 19. Párrafo 2.- Que: Las asambleas extraordinarias se constituirán en primera citación con la asistencia de los copropietarios que representen, a lo menos, el ochenta por ciento de los derechos en el condominio; y en segunda citación, con la asistencia de los copropietarios que representen, a lo menos, el sesenta por ciento de los derechos en el condominio. En ambos casos los acuerdos se adoptarán con el voto favorable del setenta y cinco por ciento de los derechos asistentes.
Al leer claramente el artículo 17 de la ley 19.537 se puede determinar que las asambleas solicitadas por vía judicial son todas de carácter extraordinario.
Es decir que la asamblea del 25 de Agosto del 2007, por haber sido solicitada al Juez del 3º Juzgado de Policía Local de Viña del Mar a petición de algunos copropietarios que deberían haber representado a lo menos el 15% (del orden de 50 en este caso) o más de los derechos del condominio, se trató de una asamblea extraordinaria. Y su quórum fue 80% en primera citación y 65% en segunda.
Como se sesionó en primera citación debió cumplir con un quórum de más del 80% de los derechos de copropiedad del condominio.
Pero no fue así, su quórum no alcanzo al 16% de los derechos de copropiedad, asistieron solo 55 unidades de las 376 que componen el 100% de los derechos de copropiedad del condominio.
Eso sí, podríamos caer en una definición diferente y entender que pese a que la ley señala solo 2 tipos de asamblea, las dictadas por un juez serían de un régimen diferente, especial y nos deberíamos acoger a lo estipulado en la misma Ley 19.537 en su Art. 33, donde dice que: Serán de competencia de los juzgados de policía local correspondientes y se sujetarán al procedimiento establecido en la ley No. 18.287, las contiendas que se promuevan entre los copropietarios o entre éstos y el administrador, relativas a la administración del respectivo condominio, para lo cual estos tribunales estarán investidos de todas las facultades que sean necesarias a fin de resolver esas controversias. En el ejercicio de estas facultades, el juez podrá, a petición de cualquier copropietario:
d) En general, adoptar todas las medidas necesarias para la solución de los conflictos que afecten a los copropietarios derivados de su condición de tales. Las resoluciones que se dicten en las gestiones a que alude el inciso anterior serán apelables, aplicándose a dicho recurso las normas contempladas en el Título III de la ley No. 18.287.
Y la Ley 18.287, en su Art. 654 dice que: Para acordar o resolver lo conveniente sobre la administración pro indiviso, se citará a todos los interesados a comparendo, el cual se celebrará con sólo los que concurran. (quiere decir que la asamblea del 25 de agosto 2007 sería un comparendo) No estando todos presentes, solo podrán acordarse, por mayoría absoluta de los concurrentes, que representen a lo menos la mitad de los derechos de la comunidad.
Y a saber 16% no son la mitad de los derechos de la comunidad
De ese 16% de los copropietarios que tomaron acuerdos el 25 de agosto del 2007, la mayoría se encontraban inhabilitados por que no tenía sus gastos comunes cancelados al día, incluso es más, 2 de los copropietarios inhabilitados fueron elegidos como miembros del comité, la Sra. Masson que renunció con elástico para ser electa nuevamente y el Sr. Soto ambos morosos al día de la asamblea.
Revisemos nuevamente la ley para ver el tema de gastos comunes y su certificación para definir la calidad de copropietario hábil o inhábil, La Ley 19.53, Art. 6.-, Párrafo 1.- dice que: El cobro de los gastos comunes se efectuará por el administrador del condominio. En su Art. 23.- Párrafo 1.- que: Serán funciones del administrador las que se establezcan en el reglamento de copropiedad y las que específicamente le conceda la asamblea de copropietarios, tales como cuidar los bienes de dominio común; ejecutar los actos de administración y conservación y los de carácter urgente sin recabar previamente acuerdo de la asamblea, sin perjuicio de su posterior ratificación; cobrar y recaudar los gastos comunes; velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias sobre copropiedad inmobiliaria y las del reglamento de copropiedad; etc.
Art. 27. – La copia del acta de la asamblea válidamente celebrada, autorizada por el Comité de Administración, o en su defecto por el administrador, en que se acuerden gastos comunes, tendrá mérito ejecutivo para el cobro de los mismos. Igual mérito tendrán los avisos de cobro de dichos gastos comunes, extendidos de conformidad al acta, siempre que se encuentren firmados por el administrador. etc.
Sobre los copropietarios hábiles e inhábiles, el Art. 20.- Párrafo 3.- dice: la calidad de copropietario hábil se acreditará mediante certificado expedido por el administrador o por quien haga sus veces.
De estos artículos podemos determinar que es una función privativa del administrador la certificación de el estado de pago de los gastos comunes y para la asamblea del 25 de agosto 2007 dicha certificación fue emitida el 24 de agosto del 2007 y el mismo día a las 16:00 hrs. entregada al Notario que actuaría como ministro de fe. Es decir fueron certificados validamente los copropietarios hábiles y los que no lo estaban.
Otro punto que se desprende de la controvertida asamblea del 25 de agosto 2007 y que hay que observar con mucho detalle, es el descaro con el que la Sra. Masson miente. Al lee el acta con calma uno se puede percatar que esta dama, que en su calidad de presidenta del comité es quien pide reducir el acta a escritura pública, en este documento nos miente descaradamente, pues en el punto 2 -Informe del Comité- señala que la directora doña MARIANA HURTADO GUZMAN, “no asiste a la reunión por graves problemas de salud”. Esto es una vil mentira la que refrenda en el mismo documento solo 24 líneas después.
La verdad es que la Sra. Mariana no asiste a la reunión por que vendió su departamento y dejó de ser copropietaria, de esto hace mas de un año, por lo tanto tampoco puede ser directora del comité y doña Daysi lo sabe.
Lo que pasa es que es una mentirosa y lo demuestra por escritura pública, recuerden que además esta misma dama retiró 5.000.000 de pesos.- de la cuenta corriente de la comunidad y los invirtió a su nombre, en documentos que rinden intereses a plazo.
Se debate libremente sobre la situación.
Un copropietario consulta ¿por que estas personas que se tomaron la oficina tiene acceso a las cuentas corrientes de la comunidad y que medidas tomaron , el comité o el administrador para impedir ello?
El Sr. Director R. Ocampo contesta
• que se remitió carta certificada a nuestra ejecutiva de cuenta del Banco SantanderSantiago pidiendo la congelación de las cuentas de la comunidad, mientras las controversia no fuera resuelta por los tribunales,
• que no recibiendo respuesta oportuna, se escrito en mas de 3 oportunidades a la gerencia del servicio al cliente,
• que, después de las quejas a la gerencia, la ejecutiva señalo por teléfono que no cerraría ni congelaría las cuentas del condominio,
• que se insistió, vía carta con la fiscalia del Banco en Santiago, y que a la fecha no hay respuesta de parte de este organismo.
Un copropietario propone que se le represente al banco el malestar de la comunidad frente a la poca preocupación de la entidad por lo que le ocurre a uno de su cliente y de ser necesario y/o prudente hacerlo público y/o llevarlo a la vía judicial para obtener las excusas y/o indemnizaciones pertinente.
La moción es aprobada por aclamación de la mayoría de los miembros de la asamblea con solo 2 abstenciones.
La asamblea decide, por aclamación, restituir a con todas las atribuciones que le confieren el reglamento de copropiedad y la ley 19.537 y su reglamento y en especial para representarlos frente a las entidades bancarias, entendiéndose con ello que se encuentran facultadas para firmar cheques y todo tipo de tramites financieros y bancarios a los miembros del comité de administración Srs (as):
• Verónica Gómez Pino,
• Karen Lund Grove
• Ricardo Ocampo Rojas
• Héctor Figueroa Sánchez
En este mismo acto solicita a las entidades bancarias se les reconozcan como firmas autorizadas, la de los verdaderos integrantes del comité de administración compuesto por los (as) Srs. (as)
• Verónica Gómez Pino,
• Karen Lund Grove
• Ricardo Ocampo Rojas
• Héctor Figueroa Sánchez
Señalando también que lamentablemente por mandato de la ley la asamblea por ser ordinaria, no tiene facultad para destituir a la Sra. Masson, pero que se le solicita que si ella tiene un mínimo de decencia de una vez por todas renuncie y no continué con el show de anunciar su renuncia y no llevarla a efecto.
Luego la Asamblea Ordinaria ratificando en todas sus partes el acuerdo del Comité de Administración de fecha 30 de Abril del 2006, que dispone formalmente al Banco SantaderSantiago que anule las atribuciones y poderes conferidos como apoderados (as) de la comunidad frente al banco para uso de las cuentas que con Uds. se mantienen a las señoras Deysi Masson y Mariana Hurtado. Como así mismo los poderes que se hubieren atribuido bajo cualquier pretexto ya sea como Director del Comité de Administración o simple miembro de La comunidad de Copropietarios Manuel Ossa Saint Marie a toda persona que sea diferente los 4 directores confirmados en sus cargos por este acto Srs (as):
• Verónica Gómez Pino,
• Karen Lund Grove
• Ricardo Ocampo Rojas
• Héctor Figueroa Sánchez.
Que se represente por escrito al 3ª Juzgado de Policía de Viña del Mar el malestar que existe en el condominio por el erróneo y pasivo actuar en este caso que ha provocado gran daño en la convivencia de todos los residentes y trabajadores, además de una enorme perdida patrimonial.
Un copropietario consulta que pasa con los gastos comunes que estas personas se encuentran cobrando desde agosto 2007 a la fecha.
El administrador responde que como se desprende de los artículos de la Ley 19.537 leídos anteriormente, es facultad privativa solo del administrador el cobro y recaudación de los gastos comunes y cualquier otro tipo de dispensas económicas, por lo tanto todos los dineros recaudados por la Sra. San Martín son mal habidos.
Por otra parte, frente a la ley el argumentar desconocimiento de la legislación no exime de culpa a quienes comenten error, falta o un delito, por lo que quienes le han cancelado a esta Sra. u otra de las personas que se tomaron la oficina se encuentran en mora y debieran cancelar nuevamente.
Pero que entendiendo que estos vecinos, son personas decentes y actuaron de buena fe al cancelar los gastos comunes a La Sra. San Martín, creyeron estar cancelándolos al condominio y que la realidad es que fueron sorprendidos por hábiles manipuladores de la realidad, por lo que definitivamente fueron estafados.
Entonces debería estampar una demanda civil contra quienes resulten responsables del dolo y vía judicial solicitar los embargos y remates de los bienes de los involucrados para reponer los dineros que ya deben sumar unos $20.000.000 de pesos.-, a razón de una recaudación de entre 4 y 5 millones por mes.
Que mientras dure el proceso judicial, la morosidad de aquellos que demuestren estar ejerciendo los derechos judiciales, ya sea en forma personal o como parte de una demanda colectiva patrocinada por el condominio, se mantengan en estatus cubo sin recibir apremios mayores por el atraso en los gastos comunes impagos, y solo ejercer apremios para cobrar sobre los que se produzcan a partir de la recuperación del normal desarrollo de las actividades de la comunidad, o antes del 27 de Agosto del 2007, fecha en que se tomaron la oficina.
Se debate libremente, se vota la moción y es aprobada por amplia mayoría con solo 4 votos e contra.
INFORME DEL ADMINISTRADOR
El administrador señala
a.- Personal de Servicio
Que, el 27 de agosto del 2007, ocurrida la toma de la oficina por parte de la Sra. San Martín y sus cómplices, inmediatamente a eso de las 14:30 hrs. reuní a todo el personal de servicio del condominio, les informé de lo ilegal de la situación y ordené que se retiraran a sus casa mientras el tema se resolvía. Que quienes seguían trabajando lo hacen obedeciendo órdenes de personas que no tiene facultades para ello y su acto es abandono de trabajo.
Del total de trabajadores, solo El Mayordomo don Rafael Anatibia cumplió la orden.
Que ignoro los detalles de por que motivo el resto se puso a disposición de la Sra. San Martín, me imagino que por la oferta de incentivos económicos. Pero que sin ningún lugar a duda ellos hoy trabaja bajos sus ordenes, por lo que voluntariamente han dejado de ser personal contratado por el condominio.
Un copropietario consulta, esto afecta directamente las funciones propias de cada uno de ellos en el servicio de los vecinos, entonces que pasará cuando el administrador retome el mando y control de las actividades de la comunidad
El Administrador le responde que es imprescindible renovar todo el personal de servicio, por cuanto por gestión y manipulación de las personas que se tomaron la oficina, ellos se encuentran involucrados, tomaron partido y acrecentaron una contienda entre copropietarios, siendo por ello, cómplices de las faltas o delitos cometidos por quienes dice ser la autoridad de la comunidad. Esta conducta se encuentra sancionada en el código del trabajo con el término de contrato sin derecho a indemnización.
b.- Operaciones
No puedo informar de la situación operativa por cuanto no tengo acceso a la información pertinente, solo puedo señalar que lo planificado en el sentido de:
• Modernizar los Estacionamientos,
• Juegos Infantiles
• Pintura de los Edificios,
Lamentablemente se retrasará por lo menos en un año, pero que con el apoyo de todos los vecinos intentaremos tener todo listo para el bicentenario 2010.
Otros Proyectos
El Administrador señala que en el tema de obras futuras y obtenidas los antecedentes de las observaciones de los propios residentes, aparte de las metas de pintura, estacionamientos y modernización de los juegos se pueden definir como proyectos a futuro los siguientes:
• Sala de Lavandería de la Comunidad
• Club-Hous en Multicancha
• Áreas verdes y arborización
• Riego Automático
• Sala de Carros Basura
c.- Financiero
Se presenta informe financiero, con sus estados de Situación y conciliación bancaria al Julio del 2007, Auditado por el Contador Sr. Pedro Mascareña, y mes a mes revisado por el Comité de Administración.
Se debate unos momentos sobre el informe y es aprobado sin reparos
d.- Otros
El Administrador señala que hay una gran cantidad de síntomas que lo hacen pensar que los edificios podrían tener problemas estructurales y que seria muy conveniente contratar los servicios de un profesional de la construcción, ingeniero civil o constructor civil para que realice un excautivo diagnostico estructural de los bienes de la comunidad, en especial:
• Schaft (Certificación Gases)
• Schaft Eléctricos
• Agua potable
• Alcantarillado
• Cierres y muros
• Bodegas
• Techos y caídas de agua
• Muros estructurales
Se debate libremente sobre el tema por algunos minutos, consultan, si es prioritario para desarrollar el plan de mantenciones, creo que si responde el administrador, por que quien les garantiza que un edificio de mas de 40 años y sin un registro de mantenciones, sin sus planos al día, con una gran cantidad de filtraciones de agua no esta con fatiga de material o cual va ser su comportamiento frente a un sismo o temporal. Por lo que es muy aconsejable informarse antes de definir que hacer y conque prioridades. La asamblea debate libremente y aprueba por aclamación que se realice un diagnostico estructural, antes de definir las prioridades de mantenciones generales.
4.- VARIOS
Un copropietario consulta -en definitiva que pasa con la situación del Sr. Toribio, ¿es o no el administrador de la comunidad?
Se le responde:
Respecto de la situación del Sr. Manuel Toribio Núñez y su condición de Administrador el tema se divide en dos partes. Por un lado la de los argumentos que se refieren a las Facultades de las Asambleas y los Comités de Administración, y por otra la de los recursos de Derecho ejercidos a través de los Tribunales de Justicia, en este caso en Particular existen argumentos de los dos tipos.
En lo que se refiere a las facultades de la Asamblea de Copropietarios y la situación contractual del Señor Manuel Toribio Núñez, El 12 de marzo del 2005 La Asamblea de Copropietarios, Acta reducida a Escritura Pública el 29 de abril del 2005, nombra Administrador de La Comunidad de Copropietarios Manuel Ossa Saint Marie, a don Manuel Toribio Núñez; con fecha 21 de Marzo del 2005, se firma un Contrato de Trabajo entre La Comunidad de Copropietarios Manuel Ossa Saint Marie y don Manuel Toribio Núñez, en él se señala que su periodo de duración es de mínimo tres meses, renovable automáticamente y sucesivamente por periodos de dos años, mientras ninguna de las partes, al termino de un periodo, manifieste la intención de ponerle termino.
En La Asamblea Ordinaria del 08 de abril del 2006, Acta reducida a Escritura Pública el 12 de abril del 2006, el Sr. Toribio pone su cargo a disposición de la misma, la que no le es aceptada y se ratifica en su cargo con el voto favorable del 100% de los derechos representados en la reunión.
Es decir desde el punto de vista tanto de su designación como de las normas contractuales al día de hoy, el Sr. Manuel Toribio Núñez es el Administrador de La Comunidad de Copropietarios Manuel Ossa Saint Marie y su contrato dura hasta el 21 de junio del 2009 fecha en que podrá cualquiera de las partes ponerle termino.
En el aspecto de los derechos legales y sus recursos en tribunales, existe un recurso judicial ejercido por 7 copropietarios de un universo de 376 que componen el condominio, pidiendo el cese de funciones y atribuciones del Administrador Sr. Manuel Toribio Núñez, en el Tercer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar, la causa Rol: 5123-06, en la cual se fallo que el tema debe ser resuelto por una asamblea citada expresamente para ello, es decir asamblea extraordinaria, y cuya resolución se encuentra en el tribunal de alzada para ser ratificada o rechazada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Por otra parte, el mismo Tercer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar en la Causa Rol: 3616-07, al citar a asamblea para el 25 de agosto del 2007, señala que pese a haber sido solicitado por los requirentes, esta asamblea de copropietarios no esta facultada para tratar el tema de la permanencia o no en su cargo del administrador por ser un tema de otra causa que se encuentra en el tribunal de alzada.
Es decir, se mire por donde se mire el Sr. Manuel Toribio Núñez, es el administrador de La Comunidad de Copropietarios Manuel Ossa Saint Marie, por lo que toda persona o grupo de personas que señalen lo contrario lo hacen desde una óptica errada o desde una posición maliciosa.
La asamblea aprueba la explicación por aclamación.
Por último el director Sr. Ricardo Ocampo, quien presidio la asamblea agradece la asistencia y el buen comportamiento, Un copropietario pide un voto de agradecimiento para el comité de administración por la labor ejercida en beneficio de todos los comuneros y en señal de apoyo a sus esfuerzos y sacrificio personales en el bien de todos, brota un aplauso espontáneo en señal de reconocimiento y apoyo.
Luego se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla total o parcialmente a Escritura Pública.
Siendo las 22.45 hrs. El Presidente de la Asamblea Ordinaria del 15 diciembre del 2007 da por finalizada la reunión.
Verónica Gómez Pino,
Karen Lund Grove,
Ricardo Ocampo Rojas
Figueroa Sánchez
Directores Comité de Administración
Manuel Toribio Núñez
Administrador
servido por manuel-ossa
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10 Abril 2006
LEGALMENTE CITADA EL 30 DE MARZO DEL 2006

En Viña del Mar, el 08 abril 2006, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 19.00 hrs., en primera citación se encontraba presente el 4.3% de los copropietarios y la directora del comité de Administración Sra. Karen Lund y el Administrador de la Comunidad.
No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Por encontrarse la sede comunitaria cerrada con una cadena y candado, se pide al conserje de turno que abra la puerta, el funcionario señala que -las llaves fueron retiradas de la conserjería por orden de la Presidenta del Comité de Administración-, se designa a 2 copropietarios para que le soliciten, a las damas del comité, la llave del candado y de la puerta.
Los copropietarios designados regresan señalando que ni la presidenta ni la secretaria del comité se encuentra en sus domicilios, por lo que se solicita la presencia de carabineros para proceder legalmente.
Se presenta Carabineros en el condominio y señala que al ser una reunión de copropietarios legalmente citada y frente a una clara acción ilegal para impedir la reunión, la comunidad reunida en asamblea, pueden de mutuo propio descerrajar la puerta he ingresar al recinto dispuesto en la citación.
Se procede en consecuencia y los copropietarios ingresan a la sede de la comunidad.
Siendo las 19.30 hrs. del mismo día, y con el quórum del 12.5% de los Copropietarios tanto por si como representados, quienes firman listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente Acta y se entiende parte integrante de ésta, se dio inicio a la Asamblea Ordinaria del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE.
Presidió la Asamblea la Directora del Comité de Administración Sra. Karen Lund, quien lee la tabla de temas por tratar:
TABLA
•Ilegal intento de despido del administrador por parte de 2 miembros del comité de administración.
La Sra. Lund, señala que lamenta que no se encuentran presente las dos directoras involucradas en la situación del ilegal intento de despido del administrador para hacer sus descargos y que ella, pese a haber sido excluida de las reuniones del comité de administración, haciendo uso del mandato de la asamblea que la eligió como 4 miembro del comité asume la representación del mismo para presidir la reunión. Acto seguido le cede la palabra al Administrador Sr. Manuel Toribio Núñez, quien saluda a los presentes y les señala que entendiendo que de acuerdo con la Ley 19.537 y el Reglamento de Copropiedad de la Comunidad Manuel Ossa Saint Marie, la asamblea es la única que tiene la facultad de contratar o despedir al administrador y que frente a la carta de despido entregada el 30 de Marzo 2006, en que se le señala que se le pone termino a sus funciones a partir del 31 de Marzo del 2006, y más aun que existiendo un fallo del 3 Juzgado de Policía de Viña del Mar el año 2003 por un proceso de esta comunidad en que el Juez ratifica lo señalado por la ley y el Reglamento de Copropiedad en el sentido que solo la asamblea contratará y despedirá al administrador (el que lee), viene a poner a disposición de la asamblea su cargo. Se debate libremente sobre el tema.
La asamblea pide que se vote la continuidad o el despido del administrador, se realiza la votación a mano alzada, el resultado es:
•A favor de que el Sr. Manuel Toribio Núñez continué como administrador de la comunidad Manuel Ossa Saint Marie 42 votos que representan el 12.5% de los derechos del condominio.
•En contra de que el Sr. Manuel Toribio Núñez continué como administrador de la comunidad Manuel Ossa Saint Marie: 0 votos que representan el 0% de los derechos del condominio.
Por lo tanto la asamblea confirma en el cargo de Administrador a Manuel Toribio Núñez rechazando la medida tomada por la Presidenta y Secretaria del comité de administración.
Comienza un debate libre, en un momento de el una copropietaria señala que -es importante dejar constancia en acta que todo movimiento contable debe contar con el visto bueno del administrador, y que serán indistintamente 2 de los miembros del comité de administración quienes firmen los cheques, pero la chequera y los comprobantes de egreso deben permanecer en custodia de la secretaria de la comunidad, y que será ella (la secretaria) quien confeccionará la documentación (cheque y egreso) luego los entregará al administrador para su visto bueno y posterior firma del comité. El Administrador no podrá firmar cheques de la cuenta corriente de la comunidad-. Es aprobado por aclamación.
Continua un debate libre, se entra al tema de las multas cursadas por la inspección del trabajo, el administrador señala que de esa situación dio cuenta en la asamblea del 1º de octubre del 2005, pero que solicita la formación de una comisión para revisar los antecedentes. Los señores Ricardo Ocampo y Héctor Figueroa se ofrecen para solicitar la información en la dirección del trabajo, es aprobado por aclamación.
Un copropietario pregunta si es verdad que el Sr. Juan Leiva Calderón fue despedido, el Administrador responde que -de conformidad a la orden de la asamblea del 01 de octubre del 2005 y después que el Sr. Leiva acumulara una gran cantidad de faltas a sus obligaciones y en especial al abandonar su puesto de trabajo y salir de la comunidad desde la 09:30 a las 12:10 hrs., con fecha 23 de marzo del 2006 y siguiendo todas las formalidades legales se le comunico que la comunidad ponía termino a su contrato de trabajo con fecha 31 de marzo del 2006-. Un copropietario pregunta y por que sigue trabajando, el administrador responde que -el viernes 31 de marzo las directoras del comité cambiaron la chapa de la oficina de administración para impedirle su ingreso y además el sábado 01 de abril del 2006 llamaron a carabineros para expulsarlo de los patios de la comunidad, por lo que no a podido cumplir con sus obligaciones y que la causa de que el Sr. Leiva siga trabajando tiene que consultárselo a quienes esta tomando las decisiones administrativas-. La asamblea le señala al administrador que al asumir nuevamente sus funciones impida el ingreso del Sr. Leiva a la comunidad, es aprobado por aclamación.
Continúa un debate libre, un copropietario señala que tanto el comité anterior como el actual han pasado a llevar sistemáticamente al administrador y pide que se destituyan de sus cargos a las 2 directoras involucradas en estas actividades, la asamblea pide a la Srta. Verónica Gómez que señale los motivos por el cual presento su renuncia al comité de administración, la Srta. Gómez indica que -ella se ofreció para integrar el comité de administración para trabajar por la comunidad, pero que todas las reuniones a las que asistió desembocaban inevitablemente en intentar despedir al administrador-. El administrador pide la palabra e informa a la asamblea que -de conformidad a la ley 19.537, el comité de administración o alguno de sus miembros solo puede ser removido de su cargo por acuerdo de una asamblea extraordinaria, y que por ser esta una asamblea ordinaria no tiene esa facultad-. Un copropietario propone a la asamblea que se nombren más miembros para el comité de administración y junto con ello delegados de block para que sesionen en conjunto y que así las decisiones sean estudiadas por el máximo de copropietarios estudiando los temas con amplios puntos de vista y variados criterios antes de tomar decisiones.
La moción es aprobada por aclamación y se eligen como integrantes del comité de administración a:
•RICARDO OCAMPOS ROJAS
•HECTOR FIGUEROA SANCHEZ
•VERONICA GOMEZ PINO
Es ratificada en su cargo:
•KAREN LUND GROVE
Son elegidos como delegados de Block para cooperar con el comité, con derecho a participar de las reuniones del mismo.
•LUIS PIZARRO HERRERA
•AURORA CAÑETE MARTINEZ.
Las designaciones son aprobadas por aclamación y en este acto la asamblea de copropietarios entrega a los integrantes del comité de administración Srs.
•KAREN LUND GROVE
•RICARDO OCAMPOS ROJAS
•HECTOR FIGUEROA SANCHEZ
•VERONICA GOMEZ PINO
Facultades para representar a la comunidad frente a las entidades legales, bancarias y otras, entendiéndose con ello que se encuentran autorizados para representar en juicios, firmar cheques, abrir y cerrar cuentas, solicitar cartolas e informes y en general cualquier tramite bancario que la comunidad requiera, entendiéndose que con este acto también se autoriza expresamente al Banco para cancela cheques por ellos (as) firmados y dar tramite a los documentos con la firma indistintamente de dos de cualquiera de los miembros del comité.
Especialmente se faculta al portador de la presente para reducirla a escritura pública.
Por ultimo la Sra. Karen Lund, agradece la asistencia y siendo las 21:09 hrs. da por terminada la asamblea ordinaria.
KAREN LUND GROVE
Director(a)
RICARDO OCAMPOS ROJAS
Director(a)
HECTOR FIGUEROA
VERONICA GOMEZ
Director(a)
LUIS PIZARRO HERRERA
Delegado(a) Block
AURORA CAÑETE MARTINEZ
Delegado(a) Block
MANUEL TORIBIO NÚÑEZ
Administrador
servido por manuel-ossa
sin comentarios
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4 Octubre 2005
Acta Asamblea Ordinaria 01 Octubre 2005
En Viña del Mar, el 01 Octubre 2005, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 17.00 hrs. , En primera citación se encontraba presente el 3.7% de los copropietarios, el Presidente del Comité de Administración y el Administrador de la Comunidad No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Siendo las 17.30 hrs. Del mismo día, y con el quórum del 13.1% de los Copropietarios tanto por si como representados, quienes firman listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente acta y se entiende parte integrante de ésta, se dio inicio a la Asamblea Ordinaria del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE.
Se excuso de participar por motivos de salud el director del comité de administración don Héctor Matías Silva.
Presidió la Asamblea el Presidente del Comité de Administración Sr. Sady Simon,
TABLA
1. Temas de Personal de Servicio
2. Reglamentación
3. Mantenciones
4. Diagnostico estructurales
5. Problemas interdependientes
6. Proyectos
7. Informe Financiero
8. Varios
Don Sady Simon presidente de la asamblea da por iniciada la reunión y lee normas de buena conducta, Estimados vecinos, frente a los acontecimientos que obligaron a suspender la asamblea anterior y para el buen desarrollo de esta hemos estimado necesario que se siga la siguiente metodología:
1.- Se dará lectura a diversos informes en forma ordenada y conforme lo estipula la Tabla
2.- Al respecto, agradeceremos a cada uno de los copropietarios hacer sus observaciones por escrito, haciéndolas llegar oportunamente a las oficinas de la administración, observaciones que deberán ser debidamente fundamentadas.
3.- Al final de esta asamblea, Uds., podrán formar comisiones, las que estimen necesarias, las que podrán sugerir las diversas soluciones a las inquietudes de todo copropietario.
Muchas Gracias.
Acto seguido, la Sra. María Eugenia Flores se levanta de su asiento y pide que se borre la dirección de su unidad del acta anterior, señalando que además faltan en ella argumentos entregados por otros copropietarios, se suma a esta opinión la Sra. Marta Romero. Comienza un debate desordenado, algunos copropietarios piden que se lea el acta anterior, el presidente de la asamblea les señala que para evitar perdida de tiempo fueron repartidas las copias del acta de la asamblea del 27 de Agosto 05 junto con la citación y que por lo tanto los temas tratados están en conocimiento de toda la comunidad y las objeciones se verán en varios. Un copropietario argumenta la no-existencia de libro de actas, el Presidente muestra a la asamblea los libros de actas de asamblea y comité debidamente foliados y al día. Comienza un debate desordenado, Presidente llama la atención a los asistentes por su mala conducta y pide que, a fin de avanzar en los temas importantes, los polémicos se traten en varios.
El Sr. Jaime Garland pide que a fin de hacer más expedita la asamblea y por tener que participar en otra actividad, siendo para el muy importante la parte financiera solicita que se cambie el orden de la tabla y sé de a conocer en 1° lugar el informe financiero, se aprueba por aclamación. Por lo que la tabla es modificada quedando con el siguiente orden:
TABLA
1.- Informe Financiero
2.- Temas de Personal de Servicio
3.- Reglamentación
4.- Mantenciones
5.- Diagnostico estructurales
6.- Problemas interdependientes
7.- Proyectos
8.- Varios
INFORME FINANCIERO
Se reparte informe financiero del periodo comprendido del 01 de Diciembre del 2005 al 31 de Julio del 2005 a todos los asistentes a la asamblea, el Sr. Arturo Cofre, Asesor Contable de la Comunidad lee el informe financiero entregado, y solicita se designe una comisión revisora de cuentas, no hay reparos al informe financiero por lo que es aceptado, copia del mismo se adjunta al final del acta y se entiende parte de ella. Un comunero indica que para avanzar en los temas de la tabla se elijan las comisiones en puntos varios, es aceptado por aclamación.
INFORME OPERATIVO
El Presidente entrega la palabra al Administrador Sr. Manuel Toribio Núñez para continuar con la tabla y que entregue el Informe Operativo que comprende Temas de: Personal de Servicio, Reglamentación, Mantenciones, Diagnostico estructurales, Problemas interdependientes y Proyectos. El Administrador señala que agradece al comité de administración el apoyo a su gestión lo que ha permitido en estos primeros 6 meses elaborar un completo diagnóstico e informe de la situación operativa de la comunidad y que en esta oportunidad se dará a conocer en su detalle a la asamblea de copropietarios, solicita que quienes tengan algún punto que aportar a este diagnostico por favor lo hagan presente, por que de esta asamblea debe salir la base de lo que ha de ser el Plan Operativo de la comunidad para los próximos años, por lo que el aporte individual de cada comunero es de mucha importancia por favor sumen sus propias observaciones a las situaciones que nos afectan para trabajar en soluciones eficientes y definitivas.
Personal de Servicio:
• Planta, el Sr. Toribio informa que al recibir el cargo en el mes de abril existían 16 trabajadores contratados por la comunidad y con los siguientes horarios de trabajo:
o 1 Secretaria de Administración: Lunes a Sábado Horario de oficina
o 1 Mayordomo: Lunes a Viernes 08:30 a 17:00 Sábado 08:30 a 16:00
o 2 Nocheros: Lunes a Lunes 23:00 a 07:00 con 2 días libres por semana
o 11 Aseadores: Lunes a Viernes 08:30 a 17:00 Sábado 08:30 a 16:00
o 1 Aseador: Lunes a Viernes 17:00 a 24:00
Todos los espacios de tiempo libres, no cubiertos en estos horarios, eran cubiertos cancelando horas extras, (Sábados en la Tarde, Domingos, Festivos y una gran cantidad de refuerzos en el turno de la tarde.
• Turnos, visto que los turnos estaban mal diseñados y los esfuerzos desequilibrados, se realizó un estudio general de las características del servicio de la comunidad y se desarrollo un plan de turnos racionalizando el esfuerzo y eliminando el concepto de horas extras.
• Contratos, esto significo obligatoriamente cambiar los contratos, pues los que a la fecha existían obligaban al trabajador a ejecutar una sola labor y en un horario especifico, esta situación de re-contratar al personal en nuevos términos y bajo un contrato que exige múltiples funciones y múltiples horarios, es en calidad de conserjes y no aseadores. Ello significo que el Director Sindical, quien en un principio señalo que negociaría en nombre de sus asociados pero que en definitiva no concurriera a las reuniones de trabajo y por el contrario los trabajadores concurrieran individualmente a la firma de un nuevo contrato con la comunidad bajo las obligaciones de un conserje y con un incentivo vía Bono de Responsabilidad de $15.000.- Mensuales, sancionable por no-cumplimiento de obligaciones. El director sindical y 4 trabajadores que no aceptaron las nuevas condiciones de trabajo continuaron con el régimen según lo disponía el contrato firmado con la administración anterior, pero además saboteando las labores normales de los otros trabajadores y en una actitud de franca prepotencia montaron una campaña de difamación frente a la inspección del trabajo solicitando personalmente o por vía de su sindicato reiteradas inspecciones en contra de la comunidad Tema que expondré mas adelante. En el mes de septiembre 2 de los 4 trabajadores que se negaron en un principio a cambiar sus condiciones de trabajo, solicitaron voluntariamente integrarse al sistema de turnos y al cargo de conserje, por lo que a la fecha solamente el Nochero Sr. Miranda y el Mayordomo Sr. Leiva continúan con un contrato con funciones y horarios fijos e inamovibles.
• Capacitación, durante los 6 primeros meses de mi gestión administrativa se ha realizado 3 capacitaciones al personal, 2 de ellas en temas de aseo industrial realizada por el Sr. Waldo Pacheco, profesor de Inacap y una sobre Comunicación realizada por el Administrador Sr. Manuel Toribio.
• Salarios, al recibirme del cargo existía una gran diferencia entre los salarios del personal, con el alza del sueldo mínimo y vía bono de responsabilidad más la racionalización en la distribución de los trabajos extraordinarios, permitiendo que todos los trabajadores postulen a ellos sé a logrado reducir considerablemente la diferencia entre los salarios del personal.
• Sala de Conserjes, a mi llegada se encontraba recién recibido el trabajo de construcción de la sala de ducha pero faltaba corregir algunos errores, por ejemplo el lavaplatos dentro de la sala de duchas y la cocina al costado de la puerta, se realizo una redistribución de las instalaciones y quedo una dependencia que se encontraba llena de cachureos y que correspondía al antiguo baño transformada en la sala de cocina y se doto de dispensadores de Jabón, Shampoo y Papel Higiénico a la sala de ducha y baños del personal a pesar de ello el Sr. Leiva, en su calidad de director sindical y (habiendo sido el ejecutor de la construcción de la sala de duchas y baño, trabajo que cobro extra), se permitió denunciar a la comunidad por tener los baños insalubres.
• Familia Leiva, existían tres trabajadores familiares, padre y dos hijos, el Padre fue despedido por estar condenado a pena aflictiva por abusos sexuales contra una menor de edad, hecho acaecido en el interior de la comunidad, interrumpe la Sra. Carla Medina señalando que es mentira, que solo fueron tocaciones. El Administrador le replica indicándole que existe un fallo judicial que condena al Sr. Leiva y que además tiene prohibición de acercarse a la comunidad, que tocar las partes íntimas de una menor de edad es abuso sexual. La asamblea le pide a la Sra. Medina que guarde silencio. El otro funcionario Manuel Leiva fue despedido por que una vez que se puso en funcionamiento el sistema de conserjes y los nuevos turnos bajo ostensiblemente su rendimiento y en más de una oportunidad se porto insolente con el Mayordomo General y el Administrador.
• Dirección del Trabajo, al enunciar el tema pide la palabra la Sra. Rosa Peirano para pregunta cuanto es el valor que se ha cancelado por concepto de multas y demandas de la inspección del Trabajo, el Administrador le señala que $0, todas las multas se están apelando y las primeras resoluciones son favorables a la comunidad quedando aun varias instancias mas de apelación, la Sra. Rosa Peirano insiste, que hay multas ya sancionadas y que no fueron apeladas en su oportunidad, el Administrador le señala que el 100% de las multas que le ha tocado conocer están apeladas y da un resumen de ellas.:
o Sr. Cabezas, por no pago remuneraciones
o Sr. Leiva por 27 días seguidos de trabajo
o Sr. Fernández, diferencia en su sueldo 4 meses
o Sr. Juan Leiva cambio condiciones de trabajo de
o Sala de Baño, no higiénica
o Sala de Conserjes, no higiénica
o Falta de Ropa de Lluvia
o Falta de Reglamento Orden Higiene y Seguridad
Todas estas multas se encuentran apeladas a la inspección provincial del trabajo, nos quedan barias instancias más, inspección nacional, ministerio del trabajo y tribunales y como sé a obrado con la verdad, al final del proceso tiene que primar la verdad y las multas deberían ser sancionadas favorablemente. Lo que sí debemos es tomar conciencia la clase de persona que teníamos y tenemos trabajando para la comunidad y lo desleal que han sido con todos y cada uno de los copropietarios ya que para mantener sus privilegios no han dudado en generar daño al patrimonio del condómino y lo que es peor a la sana convivencia entre vecinos y entre ellos y su personal de servicio.
La Sra. Rosa Peirano señala que es muy imprudente despedir trabajadores sin pago de indemnización cuando la Inspección del Trabajo les da la razón a ellos y se termina pagando mucho más que si se llega a un arreglo por la buena. El Administrador le señala que los primeros trabajadores despedidos fueron aplicando esa idea pero ellos, aconsejados por su director sindical Juan Leiva, igual recurrieron a la instancia de acusar a la comunidad frente a la Inspección del Trabajo, y por lo tanto terminaron en un proceso de pago vía fallo de los tribunales del trabajo, ella insiste en que es poco práctico despedir a la gente cuando se arriesga a pagar indemnizaciones, el Administrador le pregunta ¿UD. quiere decir que debemos seguir pagando un sueldo a trabajadores que no cumplen con sus obligaciones? Ella señala que no, - entonces perdóneme, no entiendo su punto. La asamblea le pide a la Sra. Peirano que guarde silencio y deje proseguir la reunión.
Preguntan al Administrador ¿qué pasa con el nochero por que nunca se ve cumpliendo sus obligaciones?, Él Plantea que aún permanecen en la comunidad 2 trabajadores que no están desarrollando sus funciones como seria el ideal ya que se encuentran contratados con un contrato de trabajo mal redactado y que por lo tanto solo limita sus funciones, las que se encuentran establecidas en el contrato es decir, a una sola activada, que por el contrario el resto de los trabajadores a firmado un nuevo contrato donde fueron re-contratados como conserjes y con muchas más obligaciones, negociación aceptada en principio por 9 de ellos y que fue lo que origino que el sindicato al cual se encontraban afiliados y sin consultar a sus bases nos denunciara a la inspección del trabajo lo que se ha traducido en las multas existentes.
Preguntan ¿por qué no se cambia el contracto del Sr. Leiva que se encuentra todo el día en la garita de la puerta principal, viendo TV y atendiendo sus visitas?, Él Administrador señala que el Sr. Leiva cuenta con un contrato de Mayordomo y que cuando fue destinado a ejercer funciones de control de acceso, sin perder su rango de Mayordomo se quejo a la inspección del trabajo por que se sintió denigrado por el trato. Y que su condición de director sindical lo protege contra estas prácticas que son consideradas desleales por parte del empleador. Esto pese a que el Sr. Leiva continua ostentando el puesto de Mayordomo, solo que con dedicación exclusiva al control de acceso al condominio, esto debido a la urgente necesidad de detener la gran cantidad de robos que existían en la comunidad y poder generar información para que las policías puedan investigar. Además quiero agregar que cuando al Sr. Leiva se le requería hacer alguna gestión relativa a las obligaciones propias de un Mayordomo, como por ejemplo repartir la correspondencia certificada, él se limitaba a mandar un aseador a hacerlo. Y que pese a haber reconocido frente al comité de administración, hecho que se encuentra en acta, no tener condiciones para ser Mayordomo, no se le puede tocar por que cuenta con fuero sindical.
Preguntan ¿por cuanto tiempo cuenta con fuero el Sr. Leiva?, el Administrador indica que al haber renunciado al sindicato la mayoría de los trabajadores de la comunidad, el fuero le durara por aproximadamente 3 meses mas,
Preguntan ¿y se puede despedir estando con fuero?, El Administrador señala que le Sr. Leiva ha faltado a sus obligaciones que impone el contrato en reiteradas oportunidades, abandonando su puesto de trabajo, duchándose a las 09.20 hrs. Y muchas más faltas, siendo la ultima de ellas el 28 de Sep., Fecha en que firmo una circular que transcribe el Art. 45 incisos 5 y 8 del Reglamento de Orden Higiene y Seguridad de la comunidad, donde queda estrictamente prohibido: Ver TV, leer revisas y diarios, atender visitas en su lugar de trabajo, pero el Sr. Juan Leiva, asciendo caso omiso de la circular recién firmada, apenas transcurridos 15 minutos de tomar conocimiento de ella, recibió 4 personas en la garita y continuo haciéndolo durante todo el resto del día, inclusive una de las visitas fue el Presidente del Sindicato del cual el Sr. Leiva fue director, a este señor le pregunte que como encontraba la actitud de su asociados Sr. Leiva, después de mostrarle todos los antecedentes y él reconoció que esta actuando de mala forma.
La asamblea pregunta ¿qué diferencia hay entre despedirlo ahora o cuando termine su fuero? El Administrador manifiesta que estudiado el comportamiento de este trabajador y hechas las consultas a un Abogado especializado en el tema, tiene el convencimiento que lo más probable es que cuando se le despida tenga o no fuero él Sr. Juan Leiva va a recurrir al proceso de demandar a la comunidad, por lo que se puede solicitar vía tribunales el desafuero y la suspensión de funciones sin pago de remuneraciones mientras se resuelve en esa instancia, de esa manera, podemos racionalizar mejor las funciones del personal de servicio de la comunidad La asamblea, por aclamación, pide que se inicie el proceso en los tribunales para despedir al Sr. Juan Leiva Calderón y al nochero Sr. Miranda.
REGLAMENTACIÓN
El Administrador informa que al asumir su cargo la comunidad no contaba los Reglamentos de Orden, Higiene y Seguridad, Reglamento Interno ni tampoco con el Plan de Emergencias. La falta del Reglamentos de Orden, Higiene y Seguridad fue una de las sanciones a que esta sometida la comunidad
Preguntan ¿y ahora tenemos este reglamento?, Si, responde el administrador, el Sr. Jorge Ruiz director del comité agrega que este documento que tiene un alto costo fue confeccionado por el Sr. Manuel Toribio, sin cobrar extra por ello permitiendo un ahorro del orden de $300.000.-
El Administración señala que es de suma importancias continuar trabajando los temas de la documentación reglamentaria y por lo pronto se deben confeccionar el Reglamento Interno y Plan de Emergencias, el primero para regular temas sensibles como son las normas de convivencia (mascotas, tendido de ropa, ruidos molestos, horarios de uso multicanchas, etc.) y el Plan de Emergencias para sabe que hacer en caso de sismo, maremoto, incendio, etc., y que por lo tanto al final en varios cuando se elijan comisiones de trabajo se ofrezcan, en bien de la comunidad, para integrarla.
MANTENCIONES
• Seguro de espacios comunes, él Administrador informa que la comunidad no cuenta con los seguros de espacios comunes la ultima póliza es de hace 3 años atrás y que no hay en la oficina de la administración copia de las pólizas de seguros de las unidades, esto no solo contraviene lo estipulado en la reglamentación vigente sino que pone en riesgo a todos, pues frente a un siniestro tampoco se cuenta con los fondos para solucionar una avería mayor, lo que hace muy aconsejable tomar los seguros que corresponden. El Sr. Soto pide la palabra y señala que anteriormente cuando se tomaron los seguros muchos comuneros no pagaron su cuota, lo que significo que asumieran su costo solo quienes pagan al día sus gastos comunes, se acoge la observación del Sr. Soto y se propone estudiar una formula para que todos este obligados a cancelar la cuota del seguro, pero que se debe contratar un seguro para los espacios comunes a la brevedad, el tema de los seguros individuales debe ser estudiado y presentar una moción en la próxima asamblea, es aprobado por aclamación. Un copropietario señala que el Hijo del señor Salazar, ex administrador es corredor de seguros y que se le pueda pedir cotización
• Plan mantención y Presupuesto anual, continua la exposición del Administrador señalando que no existe un plan de mantenciones periódicas y que es fundamental contar con él para poder definir un presupuesto de gastos de manutención que forme parte del presupuesto general de la comunidad, documento que debe definir los gastos comunes y que por ello es muy importante generar una comisión de trabajo para este tema, a continuación detalla los principales ítem que se deben considerar en el pan de mantención periódica, ello son:.
• Limpieza ductos, techos, bajadas de agua, alcantarillados
• Control plagas, el Administrador señala que nos encontramos con evidencias de plagas de, Ratas, Moscas, Murciélagos, Palomas y Termitas, se produce un debate, la Sra. Marta Romero de Espinoza señala que se siente agredida por que el Administrador trajo inspectores del IST y de la Municipalidad para ver el problema sanitario y las ratas en el Block C-1, el Administrador señala que por la forma en que se están tratando los desperdicios domiciliarios en ese Block hay una emergencia sanitaria frente a la proliferación de Ratas y Ratones, El Sr. Mario Espinoza explica que la normativa señala que los ductos de incineración están prohibidos para quemar basura, pero se pueden usar como ductos recolectores de desperdicios y que por ello se siguen usando como receptáculos de desperdicios. El Administrador informa que estructuralmente un ducto de incineración de desperdicios domiciliarios es muy diferente a uno diseñado para incineración, por cuanto el recolector cuenta con una cámara receptora 100% hermética y compactadota de residuos sólidos donde el operador no toca la basura, y por el contrario en Estos momentos el operario que realiza la mantención en el Block C-1 arriesga su integridad física al extraer los desperdicios, hecho constatado por el IST, y por otra parte al ser una cámara de incineración, llena de rendijas y respiraderos, la hoy que recibe y alberga las basuras durante varias horas al día y toda la noche, permite que las basuras sirvan de alimento a ratas y ratones que circulan y anidan en los entornos del Block en cuestión, por lo que en estos momentos hay una emergencia Sanitaria en ese sector de la comunidad Comienza un debate libre y en definitiva la asamblea pide que se selle el incinerado y que el block C-1 retire la basura al igual que los restantes 18 edificios. Reclama la Sra. Marta de Espinoza, pero el Presidente de la asamblea pide al Administrador que continúe con su exposición.
• Jardines, el Administrador señala que los jardines están en muy malas condiciones, durante estos meses de invierno se despajaron de malezas, plantas y arbustos muy viejos, retirándose 6 camionadas de desechos, sé re ubicaron gran cantidad de plantas de flor, situación que sé esta viendo hoy al tener manchas de flores por todos lados del condominio, pero lo que es el pasto y maleza ha sido muy difícil de atacar. Durante 2 meses se probó con una empresa externa que partió muy bien pero a poco andar no fue capaz de realizar los cortes de pasto y mantención de arbustos y plantas, y que el lunes 3 de octubre se probara a otra empresa. Pide la palabra el Sr. Soto argumenta que es muy importante tener conciencia que la tierra de nuestros jardines es de pésima calidad y se debe renovar si queremos tener buenos jardines y que el costo aproximado de una camionada de tierra vegetal asciende a los $60.000 app, el Administrador señala que concuerda con las observaciones del Sr. Soto y agrega que se requieren una gran cantidad de camionadas para poder hacer jardines decentes.
• Puertas, Portones, Citófonos, Motores (pozo). Se llamó a técnicos especializados para definir la situación de estos elementos y a excepción del motor del pozo que es nuevo, pero que tiene un problema en el circuito de alimentación de las llaves de los jardines, las Puertas, portones, Citófonos están en pésimas condiciones y no permiten contratar un plan de mantención periódica por la obsolescencia de sus componentes, es así que la falta de repuestos en el mercado no permite garantizar los trabajos.
• Cajas medidores, repara las cajas de medidores de Aguas y Gas sale del orden de $400.000 y es básico hacerlo para poder generan un plan de manutención periódica
• Tapas de registro eléctricas, ídem a lo anterior, pero con un costo menor
• Luminarias e instalaciones eléctricas
• Interior, ídem a lo anterior
• Exterior, ídem a lo anterior, se ha comenzado a cotizar el cambio urgente en los sectores más críticos.
• Pintura
• Interior, ídem a lo anterior
• Exterior, ídem a lo anterior, don Sady Simon, es consultado como lo realizaron en su Block para pintarlo, él señala que fue con un aporte por carda departamento y con ayuda de la administración que facilito mano de obra, con un pago extra, y que su costo no supera los $380.000.-, le consultan si otros block pudiese hacer lo mismo, don Sady señala que si hay disponibilidad del personal, previa coordinación con el Administrador no hay problema, por el contrario seria muy buena medida.
• Alcantarillado, requiere de una medida drástica por cuanto permanentemente se inundan las cámaras y sé a podido observar que el cemento de su interior sé esta desgranando.
DIAGNOSTICO ESTRUCTURALES
El Administrador señala que hay una gran cantidad de síntomas que lo hacen pensar que los edificios podrían tener problemas estructurales y que seria muy conveniente contratar los servicios de un profesional de la construcción, ingeniero civil o constructor civil para que realice un excautivo diagnostico estructural de los bienes de la comunidad, en especial:
o Schaft (Certificación Gases)
o Schaft Eléctricos
o Agua potable
o Alcantarillado
o Cierres y muros
o Plaza de juegos
o Bodegas
o Techos y caídas de agua
o Muros estructurales
Se debate libremente sobre el tema por algunos minutos, consultan, si es prioritario para desarrollar el plan de mantenciones, creo que si responde el administrador, por que quien les garantiza que un edificio de mas de 40 años y sin un registro de mantenciones, sin sus planos al día, con una gran cantidad de filtraciones de agua no esta con fatiga de material o cual va ser su comportamiento frente a un sismo o temporal. Por lo que es muy aconsejable informarse antes de definir que hacer y conque prioridades. La asamblea debate libremente y aprueba por aclamación que se realice un diagnostico estructural, antes de definir las prioridades de mantenciones generales.
PROBLEMAS INTERDEPENDIENTES
El Administrador señala que se han detectado y definidos los siguiente problemas que solo se pueden trabajar y llegar a resolver con el concurso de todos los vecinos por que son absolutamente interdependientes unos de otros:
o Seguridad
o Filtraciones
o Medidores de Agua
o Tendido ropa
o Mascotas
o Ruidos molestos
o Retiro basura
o Agua común
o Arriendos
Estudiantes
Verano
o Sala junta de vecinos
La Sra. Valdivia pregunta cuál es él más importante de estos problemas, él administrador señala que piensa que por implicar directamente la vida de los residentes la seguridad, pero que es absolutamente interdependiente de otra medias o problemas, que en todo caso la protección de los vecinos y sus bienes es el tema al que se le a dedicado un mayor esfuerzo y de hecho las estadísticas indican que el nivel de robos y asaltos en la comunidad ha disminuido notablemente, pese a que muchos vecinos no cooperan en esta tarea y dejan objetos de valor en escalas y patios, no solo no cierran las puertas sino que traban los mecanismos para que permanezcan abiertas poniendo en riego a toda la comunidad La Sra. Valdivia señala que entonces se continué con esa prioridad, que siga siendo brindar seguridad el problema Principal. Es apoyada por toda la asamblea.
Proyectos
El Administrador señala que en el tema de obras futuras y obtenido los antecedentes de las observaciones de los propios residentes se pueden definir como proyectos a futuro los siguientes:
o Áreas verdes y arborización
o Letrero publicidad
o Riego Automático
o Sala de carros basura
o Arborización
o Juegos infantiles
o Club-hous en multicancha
Se excluye el tema de los estacionamientos pues esta definido mediante acuerdos de asamblea de copropietarios. Es aprobado por aclamación.
Varios
Don Samuel Ramírez pide la palabra para solicitar a la Sra. Medina que se deje de murmurar en un rincón de la sala y que pida la palabra para hacer aportes, luego pregunta, a la asamblea, que si el hecho de ser el un arrendatario con poder del propietario lo inhabilita para participar de la reunión, como murmura desde su rincón la Sra. Carla Medina. La asamblea le señala que no, que tiene todo el derecho de participar.
Sra. María Rebeca Ovalle Hidalgo sale al frente de la sala junto a la testera de la asamblea y señala que ella es copropietaria de la comunidad y que sabe que con esta acusación se arriesga a ser demandada pero que le gusta dar la cara y por eso salió al frente de todos, y que viene a representar un problema de una prima, de la cual no indica su nombre, el que se refiere a una deuda por arriendo que tiene el Administrador con ella la que ascendería a $800.000, que se encuentra con sentencia judicial fallada en contra de él, copia de la cual ella porta –muestra una carpeta café- que ella se siente muy mal al tener que ir a la oficina a pagar sus gastos comunes y saber que el Administrador le debe dinero a Su prima, por lo que pide que por este motivo sea cesado en sus funciones en el acto. La asamblea reacciona con un fuerte murmullo, el Presidente del comité de administración le señala, a la Sra. María Rebeca Ovalle, que la actitud que ella ha tomado no corresponde, que ellos se encuentran en antecedentes de esta situación y tiene más información al respecto, que no es esta la forma de ventilar este tipo de problemas, por lo que el comité repudia su actitud. La Sra. Yolanda Ibarra pide la palabra e indica que en un programa matinal de la TV. Le preguntaron a un abogado sobre una situación similar a lo que el profesional contesto que es absolutamente ilegal privar a una persona de su fuente laboral por tener deudas y que por lo tanto la solicitud de la Sra. María Rebeca esta totalmente fuera de lugar, la asamblea apoya por aclamación lo dicho por ella. Pide la palabra la Srta. Maggi Gómez quien señala que quien no tiene o ha tenido problemas financieros, que lo que se debe observar es lo que el Administrador ha realizado en beneficio de la comunidad, que se ve permanentemente preocupado de los problemas, que hace muchos años no se informaba en forma profesional y seria de los problemas reales del condominio por lo que pide un apoyo al Administrador Es aplaudida, el apoyo es por aclamación. El Sr. Jorge Ruiz, toma la palabra y señala que el Administrador ha cumplido cabalmente con sus obligaciones y cuenta con la confianza del comité y agrega que todos los dineros que ingresan a la oficina son recaudados por la secretaria, el Administrador no toca dinero, cuando necesita realizar algún gasto lo hace con el V° B° del comité y con cheque firmado por 2 directores, y la contabilidad es revisada periódicamente por el asesor contable, por lo que no se puede pensar en algún desfalco por parte del Administrador Toma la palabra MTN. Y señala que tal como lo dijera la Sra. Rebeca, ella se arriesgó a una demanda al acusarlo públicamente de una delito o falta que no es verdad y que va a tomar esa vía para demostrar la falsedad de la acusación, que reconoce que a su prima Sra. Maritza Mercurino Rivadeneira le arrendó una propiedad en Concón, que fruto de quedar sin trabajo y mientras a él le adeudaban más de $1.200.000 no pudo cancelar el Arriendo, pero que solicito un préstamo bancario para cancelarle, el que gracias a Dios no le fue aprobado, por que mientras gestionaba con ella el pago de los 3 meses en mora, el marido de la Sr. Mercurino, Prima de doña Rebeca, que es abogado, interpuso una demanda judicial en los tribunales de Letras de Viña del Mar, En la cual cobra una suma mas elevada que la real, y que por lo tanto la deuda no la va a cancela hasta que el tribunal determine el valor final de ella ya que existen las de $400.000 de diferencia entre la deuda que reconoce y la que le están cobrando.
Alza de Gastos Comunes, el Presidente del Comité señala que tal como lo autoriza la ley, en una reunión de comité celebrada el 12 de septiembre del 2005, y teniendo a la vista los antecedentes que hace 4 años no se incrementan los fondos que se recaudan por concepto de gastos comunes, tomaron por 3 votos a favor y 0 en contra la decisión de subir en $2.000.- por cada unidad los gastos comunes. Y que esta resolución debe ser presentada para su ratificación o rechazo en la asamblea, por lo tanto pide que se vote:
La Sra. María Flores, indica que no esta de acuerdo como se incrementaron los gasto comunes que se facultad de la asamblea extraordinaria hacerlo, los asistentes le refutan pidiendo que se vote, ella señala que no esta de acuerdo con el procedimiento pero si que es necesario subir los gastos comunes. Se procede a votar, aprueban el alza de los gastos comunes dispuesto por el comité de administración 39, rechazan el alza de los gastos comunes dispuesto por el comité de administración 3, no votan 7.
Acta Anterior, Con respecto al acta anterior se deja constancia que solo fue observada la indicación que de la Sra. Flores, quien al principio de la asamblea dijo pide que se borre la dirección de su unidad del acta anterior, señalando que además faltan en ella argumentos entregados por otros copropietarios, y fue apoyada su opinión por la Sra. Marta Romero de Espinoza. Se aprueba el acta anterior por aclamación.
Comisiones, Tal como se propusiera al principio de la asamblea se nombran las siguientes comisiones de trabajo:
Revisora de Cuentas
1.- Sra. Clara Martínez
2.- Sr. Alberto Soto
3.- Sr. Carlos Rivero
4.- Sr. Mario Espinoza
Reglamentos
1.- Sra. Yolanda Ibarra
2.- Sra. Cesiah San Martín
3.- Sra. Clara Martínez
Operaciones y Financieras
Queda Vacante, no hay postulantes, por lo que se autoriza al comité de administración para buscar los integrantes para la comisión
Por último, el Presidente agradece la asistencia y el buen comportamiento, pide disculpas por la dureza que debió tratar a algunos al principio de la reunión, pero si no sé hacia así no podíamos avanzar en los temas de fondo y de verdadero interés para el futuro de la comunidad, agradece a quienes aceptaron formar las nuevas comisiones de trabajo. Un copropietario pide un voto de agradecimiento para el comité de administración por la labor ejercida en beneficio de todos los comuneros y en señal de apoyo a sus esfuerzos y sacrificio personales en el bien de todos, brota un aplauso espontaneo en señal de reconocimiento y apoyo.
Luego se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla a Escritura Pública.
Siendo las 20.45 hrs. El Presidente del Comité Administración da por finalizada la Asamblea.
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5 Septiembre 2005
Acta Asamblea Ordinaria 27 Agosto 2005

En Viña del Mar, el 27 Agosto 2005, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 17.00 hrs., en primera citación se encontraba presente el 1.90% de los copropietarios, el Presidente del Comité de Administración y el Administrador de la Comunidad. No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Siendo las 17.30 hrs. del mismo día, y con el quórum del 11% de los Copropietarios tanto por si como representados quienes firman listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente Acta y se entiende parte integrante de ésta, se dio inicio a la Asamblea Ordinaria del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, estando habilitados para votar el 10.9% de los asistentes
Presidió la Asamblea el Presidente del Comité de Administración Sr. Sady Simon, quien señala lo siguiente: En nombre del comité de Administración y en el mío agradezco vuestra asistencia a esta asamblea y deseamos que los acuerdos y proyectos se realicen con altura de mira y en la seguridad de respetarnos mutuamente, todos somos integrantes de una gran comunidad, por ello forjemos para nuestro entorno los espacios que se están realizando, colaboremos a mantener con dignidad, alegría y respeto nuestra comunidad, todo esto que tenemos, es el fruto de muchos sacrificios, trabajo y esperanza.
Ruego me disculpen por estas palabras las que he manifestado, con mucha sinceridad, les digo que los integrantes del comité de administración deseamos de todo corazón, que esta comunidad sea ejemplo para otras entidades.
Estimados vecinos, para terminar, amemos nuestra comunidad y que el buen Dios bendiga nuestras familias.

Acto seguido el presidente del comité de administración solicita que antes de entrar en la tabla la asamblea ratifique un acuerdo del comité, y presenta al Copropietario del Dpto. 44, Block A-5, Sr. Héctor Matías Silva como tercer miembro del comité de administración, el cual fue nombrado de conformidad a las facultades que le confiere a los comité de administración los Art. 23, Inciso 3 del Reglamento de la Ley 19.537 y a los Art. 17 y 21 de la propia Ley 19.537.
Pide la palabra el Sr. Alberto Soto y señala que -no corresponde la elección de un miembro del comité de administración por que no hay mas candidatos-, el Director Sr, Jorge Ruiz le aclara que – no se esta llamando a una votación para elegir miembro del comité, si no que se pide que la asamblea ratifique un acuerdo tomado por el comité de administración, el que fue realizado de conformidad a las facultades que le confiere a los comité de administración los Art. 23, Inciso 3 del Reglamento de la Ley 19.537 y a los Art. 17 y 21 de la propia Ley 19.537., y se ha realizado frente a la falta del tercer miembro-.
Se produce un debate libre entre los asistentes. El Sr. A. Soto insiste que -para una elección de un miembro del comité debe haber más candidatos-, el presidente del comité de administración Sr. Sady Simon lee el Art. 21 del reglamento de la Ley 19.537, y señala –que no se llama a elección sino a la ratificación de un acuerdo del comité, que a la asamblea le corresponde aprobar o rechazar dicho acuerdo-. Se produce nuevamente un debate desordenado, el Sr. Héctor Matías Silva, muy molesto con la actitud de algunos copropietarios, se levanta de su silla en la testera de la mesa del directorio del comité y señala –Soy un copropietario igual que todos Uds., al que el comité le pidió cooperación para avanzar en la solución a los problemas de la comunidad, fui llamado a servir a todos, por que no ha habido voluntad de otros vecinos para hacerlo, tengo la mejor intención, conozco del tema por que soy administrador de edificios, pero esta actitud de algunos me produce un profundo malestar, es por ello que dejo la mesa del directorio y paso a tomar mi lugar en la asamblea como copropietario-
Nuevamente se produce un desorden en la sala, la asamblea pide a viva voz que se vote, el presidente del comité pregunta si hay algún vecino que quiera integrar la mesa directiva, le ofrecen al Sr. Soto que se presente como candidato, lo que rechaza indicando que ya perteneció a un comité anterior, alguien, que no se identifica propone a otra persona que la que también se niega, continua el debate desordenado, el presidente pide nuevamente calma y que se vote la ratificación del Sr. Héctor Matías Silva, se realiza la votación por la vía de mano alzada, el resultado de ella es:
A favor que el Sr. Héctor Matías Silva sea miembro del comité de administración votan 32 copropietarios, en contra ninguno y se abstiene 7, por lo tanto la asamblea ratifica el acuerdo tomado por el comité de administración en el sentido que el Sr. Héctor Matías Silva es su tercer director.
Luego toma la palabra la Sra. Maria Eugenia Flores, propietaria del departamento 31, Block C-1 quien pregunta -refiriéndose al administrador- ¿por que ese señor esta tomando fotos?, -¡con ese acto me siento amedrentada!, ¿a quien le pidió autorización?
El administrador Sr. Manuel Toribio, pide la palabra al presidente y responde -las fotos son para publicarlas junto con el acta de la asamblea en el Blog de la comunidad www.lacoctelera.com/manuel-ossa -. La Sra. flores insiste en que hay que pedir permiso y que ella no tiene idea que de la existencia de un Blog en Internet, el administrador le señala -a la entrada de todos los edificios de la comunidad hay una circular que habla de los estacionamientos y muestra la dirección en Internet del Blog de la comunidad.
Acto seguido las Sras. Carla Medina del departamento 41, Block B-1 y Marta Romero del departamento 42, Block C-1, piden que se lea el acta anterior, a lo que el presidente replica que -en virtud de respetar el tiempo de todos los copropietarios ya fin de avanzar en la solución de los problemas que afectan a la comunidad, las actas son publicadas en Internet y quienes no pueden obtenerla por esa vía, pueden solicitar una foto copia de ellas en al oficina de la administración-, luego insiste que esta medida se ha tomado para que las reuniones de asamblea sean de trabajo productivo en la toma de decisiones que afectan la marcha de la comunidad. Se inicia un nuevo debate desordenado, dura varios minutos y va en aumento el desorden, frente a ello el presidente señala que –esta bien leeré el acta anterior-, comienza la lectura diciendo -Acta de la Asamblea Ordinaria del 06 de Agosto del 2005- Es interrumpido por la Sra. Flores, quien le dice -no es esa el acta que debe leer, por que se trata de una asamblea extraordinaria-, El presidente le indica que la asamblea del 06 de Agosto fue ordinaria y se trato el tema de los estacionamientos y que esta es el acta anterior, la que corresponde leer.
La Sra. Carla Medina interrumpe pidiendo -que se lea el acta del 12 de Marzo del 2005-, la asamblea espontáneamente le pide que terminen con esa actitud, que pretenden con ella , por favor, permitan entrar en materia, se produce un nuevo desorden y las palabras suben de tono, pasan varios minutos y la situación se torna incontrolable, el presidente del comité de administración toma la palabra y señala que –por mal comportamiento de los presentes y ante la imposibilidad de entrar en la materia señalada en la tabla según la citación, se suspende la asamblea y se citara para fecha después de fiestas patrias a fin de poder tratar los temas de la tabla y que se detallan a continuación:
TABLA
1. Temas de Personal de Servicio
2. Reglamentación
3. Mantenciones
4. Diagnostico estructurales
5. Problemas interdependientes
6. Proyectos
7. Informe Financiero
8. Varios
Por último se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla a Escritura Pública.
Siendo las 18.11 hrs. El Presidente del Comité Administración da por finalizada la Asamblea

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9 Agosto 2005

Acta Asamblea Ordinaria 06 Agosto 2005
En Viña del Mar, el 06 Agosto 2005, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 17.00 hrs., en primera citación se encontraba presente el 0.2% de los copropietarios (block A-4 dp. 21 Y 53; block A-5 dp. 44; block C-1 dp. 14 y 31) el Presidente del Comité de Administración y el Administrador de la Comunidad. No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Siendo las 17.30 hrs. del mismo día, y con el quórum del 15.5% de los Copropietarios tanto por si como representados (block A-1 dp. 52 y 24; block A-2 dp. 33 y 34; block A-3 dp. 41, 44, 52 y 32; block A-4 dp. 53, 21, 22 y 43; block A-5 dp. 44 y 22; block A-6 dp. 22, 43,53 y 32; block B-1 dp. 24 y 12; block B-2 dp. 33, 42 y 14; block B-3 dp. 23 y 42; block B-4 dp. 34; block C-1 dp.14, 31, 34, 12 y 44; block C-2 dp. 42 y 53; block C-3 dp. 42 y 51; block C-4 dp. 33; block D-1 dp. 13, 33, 34 y 41; block D-2 dp. 21, 43, 34 y 23; D-3 dp. 51,11, 21, 44 y 53; block D-4 dp. 33, 43, 13 y 44; block D-5 dp. 43, 13 y 53) quienes firman listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente Acta y se entiende parte integrante de ésta, se dio inicio a la Asamblea Ordinaria del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE.
Presidió la Asamblea el Presidente del Comité de Administración Sr. Sady Simon, presentando La Comisión de Copropietarios encomendada de estudiar y proponer soluciones para los problemas de los Estacionamientos de la Comunidad Srs., Carlos Ramos, Ricardo Díaz y Humberto Mussato.
Acto seguido el presidente del comité de administración lee la tabla de temas por tratar:
TABLA
1. PRESENTACIÓN DE PRESUPUESTOS PARA EL CONTROL DE LOS ESTACIONAMIENTOS.
2. VOTACIÓN SEGÚN PROPUESTA DE LA COMISIÓN EN ANEXO A LA PRESENTE CITACIÓN.
Luego señala que todo problema distinto al que figura en la tabla será tratado en una asamblea ordinaria que se citará para el 27 de agosto del 2005, por lo que se agradecerá encarecidamente que, con el fin de lograr los acuerdos correspondientes al tema de los estacionamientos, nos atengamos exclusivamente al orden de la tabla y los puntos por votar.
Toma la palabra el Sr. Manuel Toribio administrador de la comunidad, quien fue designado, por el comité para relatar los temas y así continuar con el orden de la tabla de la asamblea.
El Sr. Toribio presenta los dos presupuestos seleccionados por el comité de estacionamientos:
EMPRESA VALOR NETO I.V.A. VALOR TOTAL
BASH $2.726.850 (+/-) $518.102 (+/-) $3.244.952 (+/-)
VORTEC $2.994.890 (+/-) $569.029 (+/-) $3.563.919 (+/-)
Se señala que técnicamente los dos presupuestos se componen de la misma solución y la diferencia de valores radica en que BASH es el proveedor de VORTEC, las dos propuestas son sobre un sistema de control digital del acceso a los estacionamientos, el que se acciona solo con una tarjeta de proximidad (una por vehículo), lo que permitía un control más eficiente de todos los vehículos que ingresan al condominio. Algunos copropietarios consultan sobre la conveniencia de usar un sistema con control remoto, el Sr. Toribio les señala que el acuerdo sobre el sistema de control a emplear fue tratado y definido en la asamblea del 07 de mayo del 2005, que en esta oportunidad nos reunimos para definir la aprobación del presupuesto de la inversión, las modalidades de pago y la asignación de los derechos para usar los patios como estacionamiento, que para ellos se repartió junto con la citación un anexo que explicaba claramente el orden de la votación y los punto a definir por la asamblea.
Un copropietario pregunta si la propuesta considera los motores, el Sr. Toribio señala que si, que el valor de los motores se encuentra incluido en el presupuesto, señala además que se debe considerar extra el valor de la mantención de los sistemas ya que si ello no se realiza, el sistema no funcionara bien y su vida útil será muy corta. Un copropietario señala que es estudiante de ingeniería de la Universidad Federico Santa Maria y que puede conseguir muy buenos precios para la mantención, se le agradece la observación y se le indica que en una primera etapa y mientras duren las garantías del fabricante es indispensable contratar la mantención con una empresa autorizada por él y que posteriormente se puede cotizar otros proveedores del servicio, una Sra. consulta cuanto tiempo dura la garantía del fabricante, se le responde que es de un año. Sé continuo debatiendo libremente por algún tiempo.
Acto seguido se pregunta si la asamblea esta de acuerdo con el presupuesto presentado por BASH, y que asciende a $3.244.952 (+/-), es aprobado por “ACLAMACIÓN”
El administrador señala que sé ira leyendo el documento para la votación y se votara a mano alzada, para ello los copropietarios hábiles, es decir con sus gastos comunes al día, cuentan con un tarjetón verde para identificar sus derechos de voto.
Se lee:
A.- La reparación e implementación del sistema de control de los portones de Acceso Vehicular al Condominio será con cargo a:
1) Todas las Unidades del Condominio según su % de copropiedad.
2) Solo las Unidades que utilicen los estacionamientos.
3) Las unidades con vehículo inscrito aportan un 70%, las Unidades que no inscriban vehículo pagan un 30%. (La inscripción posterior a la fecha estipulada por la administración implicará el pago del 100% (UF) del valor que cancelaron las Unidades con vehículo inscrito (70% de la inversión), independiente de haber cancelado anteriormente el 30%. Estos valores se utilizaran a beneficio de la comunidad.)
Votación:
1) 27 votos
2) 9 votos
3) 18 votos
Gana la opción 1) Todas las Unidades del Condominio según su % de copropiedad.
B.- Los derechos de uso de los estacionamientos serán:
1) Cada Unidad que se encuentre inscrita, tendrá derecho a usar el espacio de estacionamiento para un vehículo no superior a 750 Kl. Esto de conformidad a la disponibilidad física del momento, no existiendo asignación exclusiva para ningún vehículo o unidad en espacial.
Votación:
1) 52 votos
En contra 2 votos
Gana la opción 1) Cada Unidad que se encuentre inscrita, tendrá derecho a usar el espacio de estacionamiento para un vehículo no superior a 750 Kl. Esto de conformidad a la disponibilidad física del momento, no existiendo asignación exclusiva para ningún vehículo o unidad en espacial.
C.- Los estacionamientos de visita
1) Las visitas se estacionaran fuera del recinto de la comunidad.
2) La administración demarcara un sector del patio con una capacidad para estacionar 10 vehículos, de menos de 750 Kl., y los facilitara a los familiares y visitas según disponibilidad y por lapsos no superiores a 24 horas.
Votación:
1) 4 votos
2) 26 votos
No votan 24 votos
Gana la opción 2) La administración demarcara un sector del patio con una capacidad para estacionar 10 vehículos, de menos de 750 Kl., y los facilitara a los familiares y visitas según disponibilidad y por lapsos no superiores a 24 horas.
D.- Su mantención y financiamiento, concurrirán a los gastos de mantención:
1) Todas las Unidades del Condominio conforme a su % de Propiedad.
2) Solo las Unidades que soliciten el beneficio de poder estacionar al interior del recinto de la comunidad, abonando $ 2.000 mensuales a un fondo de Mantención de los estacionamientos del que se rendirá cuenta en los estados mensuales y de los excedentes se dispondrá para utilizarlos en beneficio de la comunidad.
Votación:
1) 22 votos
2) 20 votos
No votan 12 votos
Gana la opción 1) Todas las Unidades del Condominio conforme a su % de Propiedad.
F.- Estacionamiento para las Unidades que son sujeto de arriendos de verano (Dic – Mar)
1) No tiene derecho a estacionar.
2) Las unidades que tengan inscrito un vehículo y sus cuotas de mantención al día (a lo menos los últimos 10 meses de corrido) pueden hacer uso del espacio para estacionar un vehículo menor de 750 Kl. aun que sea de un arrendatario de verano. En caso contrario, podrán estacionar un vehículo menor a 750 Kl siempre que la disponibilidad lo permita, es decir que queden espacios libres después de la inscripción voluntaria de las unidades del condominio y con un costo de $2000.- por día,
Votación:
1) 3 votos
2) 27 votos
No votan 24 votos
Gana la opción 2) Las unidades que tengan inscrito un vehículo y sus cuotas de mantención al día (a lo menos los últimos 10 meses de corrido) pueden hacer uso del espacio para estacionar un vehículo menor de 750 Kl aun que sea de un arrendatario de verano. En caso contrario, podrán estacionar un vehículo menor a 750 Kl siempre que la disponibilidad lo permita, es decir que queden espacios libres después de la inscripción voluntaria de las unidades del condominio y con un costo de $2000.- por día
La asamblea consulta si con estos resultados se podrá retirar los vehículos que se encuentran abandonados dentro del recinto de la comunidad, el presidente del comité de administración les recuerda que esta solución es el marco para la redacción del articulo correspondiente a los estacionamientos del reglamento interno de la comunidad y que por lo tanto todo lo concerniente a los derechos de uso de los espacios para estacionar nace del presente mandato otorgado por la asamblea y que por lo tanto conforme a ello se podrá tomar las medidas de apremios para lograr el retiro de esos vehículos, los que sin lugar a duda no cumplen con el espíritu de los acuerdo adoptados. Un integrante de la asamblea señala que se deje constancia en esta acta que los empleados de la comunidad no están autorizados para estacionar sus vehículos particulares dentro del recinto de la comunidad, lo que es aprobado por “ACLAMACIÓN”
Por último se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla a Escritura Pública.
Siendo las 28.25 hrs. El Presidente del Comité Administración da por finalizada la Asamblea, invitando a todos los participantes para la asamblea ordinaria del 27 de agosto del 2005.
Sady Simon Presidente Comité de Administración
Jorge Ruiz Comité de Administración
Carlos Ramos Comisión de Copropietarios
Ricardo Díaz Comisión de Copropietarios
Humberto Mussato Comisión de Copropietarios
Manuel Toribio N Administrador
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3 Agosto 2005

En Viña del Mar, el 07 Mayo 2005, en dependencias del Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE, a las 17.00 hrs., en primera citación se encontraba presente el % de los copropietarios, el Presidente del Comité de Administración y el Administrador de la Comunidad. No cumpliéndose con el quórum requerido en la Ley (60%), se procede a esperar la segunda citación.
Siendo las 17.30 hrs. del mismo día, y con el quórum del % de los Copropietarios tanto por si como representados, quienes firman listado de asistencia que se agrega en la conclusión de la presente Acta y se entiende parte integrante de ésta, se dio inicio a la Asamblea Ordinaria deL Condominio Comunidad de Copropietarios MANUEL OSSA SAINT MARIE
Presidió la Asamblea el Presidente del Comité de Administración Sr. Sady Simons, presentando La Comisión de Copropietarios encomendada de estudiar y proponer soluciones para los problemas de los Estacionamientos de la Comunidad Srs.,
• Carlos Ramos
• Ricardo Diaz
• Humberto Mussato.
Justifica la inasistencia de Don Jorge Ruiz, miembro del Comité, quien no pudo asistir a la Asamblea por motivos personales.
Toma la palabra el Sr. Carlos Ramos, para continuar con el orden de la tabla de la Asamblea.
1º ESTACIONAMIENTOS. (Tema Único)
El Sr. Carlos Ramos da lectura un documento marco para la normalización de uso de los estacionamientos del condominio, el que forma parte integral de la presente acta y se anexa al final de ella.
Comienza el debate sobre las soluciones propuestas y se dialoga sobre:
• Pago de los derechos de uso de estacionamiento por parte de los arrendatarios de verano. La Comisión de Copropietarios propone $1000 como aporte diario por vehículo de pasajeros de verano. No se llega a acuerdo por cuanto algunos copropietarios indican que no corresponde un pago extraordinario o diferente al de cada unidad. Se acuerda someterlo a votación en la próxima asamblea que apruebe las Normativas e Inversiones para los Estacionamientos.
• El catastro de vehículos del condominio. Se encarga a la Comisión de Copropietarios su realización.
• Características de los aportes en dinero para la comunidad por estacionar. Se acuerda que se los debe definir como aporte y no arriendo.
• Monto y destino de los ingresos por concepto de estacionamiento. Fluctúan las opiniones entre $1000 y $2000 mensuales. Se acuerda someterlo a votación en la próxima asamblea que apruebe las Normativas e Inversiones para los Estacionamientos
• Sistema de control de acceso y uso de los estacionamientos. La asamblea pide que se presenten 3 presupuestos para una solución tecnológica de última generación, que permita un real y eficiente control de los estacionamientos de la comunidad. Se acuerda someterlo a votación en la próxima asamblea que apruebe las Normativas e Inversiones para los Estacionamientos.
• Se plantea que cualquier medida de control sobre los estacionamientos estaría fuera de la normativa legal, el administrador da lectura al Art. 7 letra F del Reglamento de Copropiedad de la Comunidad, que permite continuar usando los espacios de áreas verdes como estacionamientos por cuanto es la costumbre la comunidad.
Por último se faculta al portador de la presente Acta, para reducirla a Escritura Pública.
Siendo las 18.35 hrs. el Presidente del Comité Administración da por finalizada la Asamblea, indicando que se citara a una nueva asamblea ordinaria para aprobación o rechazo de las normativas y presupuestos que la comisión de copropietarios encomendada de estudiar y proponer soluciones para los problemas de los estacionamientos de la comunidad, presentará en esa fecha..
Sady Simon
Presidente Comité de Administración
Carlos Ramos
Comisión de Copropietarios
Ricardo Diaz
Comisión de Copropietarios
Manuel Toribio
Administrador PLUSVALIA
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